Desaparece el Libro de Visitas

La publicación de la Orden Ministerial ESS/1452/2016 el 12 de septiembre, supone la completa eliminación de la obligación de las empresas de disponer de un "Libro de Visitas" de la Inspección de Trabajo en formato papel o electrónico.

Se ha aprobado el nuevo modelo para la extensión de las diligencias realizadas por los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con ocasión de las actuaciones realizadas en los centros de trabajo o en comparecencia de las empresas en las oficinas de la Inspección.

Ahora, extenderán una diligencia por cada visita o comprobación, reflejando los aspectos examinados o incidencias, que deberá ser conservada por un plazo de 5 años





 
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